PETICION DATOS OBRANTES EN MINISTERIO DE SANIDAD sobre COVID-19

 

ILMO. SR.:

 

 

            D. …………..…………………………….……………., mayor de edad, con DNI nº …………..., con domicilio en la calle …………………….……………., de ………….., C.P. ….., teléfono ………., ante el Juzgado de Instrucción comparece y con el debido respeto y consideración

 

 

            E X P O N E :

 

 

            Que, en méritos a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que declara el derecho de cualquier persona física o jurídica a solicitar el acceso a la información pública, en cumplimiento de su derecho de acceso a la información pública, y considera información pública, los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de las Administraciones y del resto de los sujetos obligados por las leyes de transparencia y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones, interese le sea facilitada la información y documentos obrantes en este Organismo relativos a:

 

Documentos, informes, pruebas e información, opiniones y publicaciones científicas disponibles en los archivos del Ministerio de Sanidad sobre la enfermedad Covid-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud como "la epidemia Covid-19 relativos a:

             

I - Copia de una publicación científica revisada por pares (peer-review), sobre el estudio del grado de infección humana con el virus Covid-19 SMRSCov2 a partir de una muestra no adulterada tomada de un paciente humano;

II - Copia de una publicación científica revisada por pares sobre el estudio del alcance de la infección humana con el FAS "S-Cov2 obtenido empíricamente y que demuestre que se cumplen los postulados de Koch/Evans (1976), con la fecha y los 6 autores que realizaron el aislamiento y la purificación del virus en el laboratorio,

III - Copia de la publicación científica revisada por pares, respecto a la prueba RT-PCR (reacción en cadena de la polimerasa) como herramienta diagnóstica fiable para identificar el virus del SARS-Cov2 en humanos, es decir, si la prueba RT-PCR identifica la presencia del RAIA viral y la presencia de dicho infeccioso;

IV - Copia de la publicación científica revisada por pares en la que el resultado de la prueba PCR indica específicamente, sin margen de error, la presencia del virus del SARS-Cov2 en humanos que presentan síntomas gripales;

V - Copia de una publicación científica, revisada por pares, que demuestre que el resultado positivo de la prueba PCR indica, sin margen de error, la presencia de infección por SARS-Cov2 en humanos sin síntomas (asintomáticos) y que éstos transmiten la enfermedad a terceros;

            VI - Una copia de la publicación científica revisada por pares que identifique los síntomas de la nueva enfermedad resultante de la infección con SARSCov2 y lo que distingue a la nueva y supuesta enfermedad de la gripe estacional y de la enfermedad causada por las cepas ya conocidas 229E, NL63, OC43 y "cepas de coronavirus KUI";

VII - Información documentada sobre el ciclo de amplificación definido para las pruebas de PCR utilizadas en Portugal, e indicación de la entidad que determinó el ciclo definido;

VIII - Información sobre las pruebas PCR utilizadas en Portugal para detectar la infección por SÄRS-C0v2, si son capaces de distinguir el material inactivo y el reproductivo;

IX - Información sobre los tipos de virus, y las respectivas cepas, detectables mediante el test CRF utilizado masivamente en la obtención de "covid-19 infectados" entre la población en Portugal;

IX - Pruebas científicas revisadas por expertos que apoyan la aplicación de medidas de cuarentena y confinamiento a las personas que resultan positivas, mediante la prueba PCR, y asintomáticas;

X - Copia del documento publicado y revisado por científicos chinos en el que se traza el código genético del nuevo coronavirus SARS-Cov2;

XI - Información/informe sobre el número de muertes en Portugal, desde el inicio de la pandemia declarada, causadas por la infección del SRAS-Cov2, habiéndose comprobado objetiva y legalmente la causa de la muerte mediante la autopsia de los cadáveres;

XII - Información/informe sobre el número de muertes en Portugal, desde el inicio de la pandemia declarada, causadas por la infección por el SARS-Cov2, habiéndose comprobado la causa de la muerte mediante la prueba PCR;

XIII - Prueba científica de la eficacia del distanciamiento social. con la respectiva base empírica revisada por pares (peer-review), en el contexto de la enfermedad covid-19;

XIV - La Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó el 6 de abril de 2020 una reevaluación sobre el uso de las mascarillas de protección personal, centrándose en la cuestión específica del SRAS-COV2, y concluyó: "las mascarillas siguen recomendándose sólo para determinados grupos específicos: pacientes infectados por el SRAS-Cov2, personas con síntomas, cuidadores o profesionales sanitarios en contacto con pacientes infectados o sospechosos.

Por ello, y a raíz de la citada publicación de la OMS, solicitamos una copia de las publicaciones con evidencia científica, en poder de la DGS, de estudios revisados por pares que demuestren sin lugar a dudas que no existen daños colaterales para la salud física y psicológica derivados del uso de mascarillas por parte de niños, jóvenes y adultos en espacios cerrados y abiertos;

XV - Pruebas científicas, procedentes de publicaciones especializadas revisadas por pares, que demuestran que el confinamiento de personas sin síntomas de estar enfermas reduce significativamente la transmisión de la enfermedad respiratoria covid-19, y del beneficio del confinamiento para la salud de la población;

XVI - Evidencia, debidamente documentada, de que las llamadas vacunas experimentales de última generación no representan manipulación genética y que, en su conjunto, no constituyen peligro de daño, a medio y largo plazo, para la salud de quienes han sido y están siendo vacunados con vacunas aún no aprobadas y sin datos clínicos evaluados, aunque recomendadas a la población por la Dirección General de Sanidad.

 

 

                           En su virtud,

 

 

                           A V.I. SUPLICA:

 

                           Tenga por interesada la información, datos y documentación relativa al asunto arriba indicado, y, se acuerde su entrega al suscrito peticionario.

 

 

En Madrid, a 12 de Noviembre de 2021

 

 

 

 

 

 

 

 

MINISTERIO DE SANIDAD

Dirección General de Salud Pública

Secretaría de Estado de Sanidad

Ministerio de Sanidad

Presentación por certificado electrónico: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Paseo del Prado 18-20

28014 Madrid.-

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